V Congreso de Antropologia Social

La Plata - Argentina

Julio-Agosto 1997

Ponencias publicadas por el Equipo NAyA
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PROPUESTA METODOLÓGICA PARA LA DETERMINACIÓN DE UNA PARCIALIDAD INDÍGENA

Ricardo Herman Dentone del Corral
Antropólogo. Universidad Nacional de Colombia

Los indígenas fueron también derrotados por el asombro.
Eduardo Galeano

Resumen

" Las diversas instituciones del Estado que poseen injerencia en la problemática indígena en el país, se encuentran en la actualidad recopilando información pertinente que permita, en algunos casos, un mejoramiento substancial de las relaciones de interculturalidad, y de re-orientación de los distintos programas de asistencia a los Pueblos Indígenas.

La responsabilidad del Estado de proteger a los Pueblos Indígenas como entidades sociales diferenciadas, siempre y cuando la voluntad de permanecer en este estado sea voluntad evidente por parte de los Pueblos Indígenas interesados, plantea la necesidad de establecer espacios de comunicación intercultural que garantice un espacio de equilibrio y entendimiento entre las partes.

Para tal fin, se desarrolla una propuesta metodológica concreta, que permitirá al funcionario público establecer un mejor enfoque de la problemática indígena contemporánea, el cual incidirá en la optimización de los programas de apoyo y fortalecimiento étnico que el Estado eventualmente implemente."

Introducción

La presente investigación comprende una metodología aplicable a la determinación de una parcialidad indígena en un contexto socio-cultural definido. Esta propuesta metodológica pretende convertirse en una herramienta de trabajo de campo para los funcionarios públicos e investigadores de Instituciones del Estado, que poseen injerencia en la problemática indígena en el país.

Las Instituciones de gestión, o entidades descentralizadas, se encuentran en la actualidad recopilando información relevante que permita un mejoramiento substancial de las relaciones de interculturalidad, y de re-orientación de los distintos programas de asistencia a los Pueblos Indígenas. Sin embargo, la ausencia de financiación adecuada, o de elemental apoyo logístico para la concreción de mínimos planes de apoyo e inversión por parte del Estado, (ausencia que se manifiesta asimismo en los exiguos fondos que destina el Estado para la Investigación y conocimiento de la realidad socio-cultural de los Pueblos Indígenas), impacta negativamente en las comunidades ya que, generalmente, la intencionalidad de los recursos se distorsiona en la solución de problemas inmediatos aunque, no por ello, menos importantes.

Actualmente, el fundamento de la lógica de apoyo del Estado hacia los Pueblos Indígenas posee un perfil claramente asistencial, posponiendo, de esta manera su responsabilidad como garante y responsable de la integridad cultural de los Pueblos Indígenas del país.

Ante una evidente ausencia de recursos, devengada por el mínimo desembolso que el Estado realiza para el apoyo de planes de inversión, de asistencia e investigación en participación con los Pueblos Indígenas, se manifiesta imprescindible elaborar una metodología que permita la focalización de los exiguos recursos presentes (o a establecerse) en aspectos prioritarios de las necesidades básicas de la población objeto. Por otra parte, la realidad social de los Pueblos Indígenas, manifiesta en el asentamiento de sus parcialidades en regiones de extrema pobreza, bajo acceso a recursos, de escasa presencia institucional, se confunde la mayoría de las veces con asentamientos no-indígenas, diversificando, de esta manera la ejecución de proyectos de asistencia o atención puntual.

Es evidente que en este trabajo no se deja de lado el derecho inalienable de atención a las comunidades no-indígenas que el Estado debe establecer: aquí se deja constancia de que el indígena se encuentra en un estado de indefención ante una economía de mercado que prioriza a una determinada población económica rentable periférica a polos de desarrollo económico, sin considerar en forma equitativa la necesidad de atención hacia las poblaciones más vulnerables.

Sin embargo, debe considerarse que si las políticas públicas han de ser diseñadas y ejecutadas desde los espacios institucionales existentes en la actualidad, los cuales, lógicamente, deberán incluir necesariamente la participación activa y directa de los interesados, los Pueblos Indígenas. Por esta razón cuando se habla de interculturalización , ella se refiere no sólo a la relación entre instituciones oficiales y Pueblos Indígenas, sino también a funcionarios y estos últimos.

Por otra parte, y desafortunadamente, nuestra Constitución Nacional determina algunos de los derechos de los Pueblos Indígenas, aunque de forma enteramente genérica, ya que incorpora en forma forzada, la dinámica cultural étnica a moldes institucionalizados de origen occidental:

"Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones"1 (el subrayado es del autor)

Sin embargo, el texto de la presente Constitución determina el reconocimiento de derechos , mas no define la figura jurídica (mucho menos lo determina) de "Pueblo Indígena", mucho menos de "étnico" e "Indígena". Por tal razón, las entidades del Estado parten de un presupuesto genérico sobre lo "indígena". Ejemplificando lo anteriormente expuesto, podemos seguir el hilo conductor de la lógica presente en el Estado al momento de crear y organizar entidades de ejecución y gestión sobre la problemática indígena:

"...Se crea la Dirección de Asuntos Indígenas dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que tendrá por objeto estudiar y procurar la adecuada solución de los problemas que afectan a los aborígenes radicados temporaria o definitivamente en todo el territorio de la Nación. Serán funciones de la Dirección:2

Atraer a los aborígenes nómadas a las organizaciones de carácter cultural, social y económico que a los fines del presente decreto se funden, procurándoles trabajo remunerado, alimentación y vestuario, creándoles un fondo de estímulo y ahorro y asegurándoles educación y capacitación técnica.

Fomentar el ahorro y el cooperativismo, como asimismo desarrollar las artes y manufacturas autóctonas.

Ofrecerle oportunidades para el pleno desarrollo de su iniciativa y estimular el ejercicio de todas las libertades democráticas.3

Posteriormente, la Dirección de Asuntos Indígenas sufre una modificación nominal, conformándose la Dirección Nacional de Asuntos Indígenas4 , continuando relacionada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, hasta su transferencia a la jurisdicción de la Secretaría de Estado de Promoción y Asistencia de la Comunidad.5 Entre los objetivos de la nueva entidad, se enfatiza la investigación y caracterización socio-cultural de los Pueblos Indígenas, aunque dentro de un marco integracionista: conocerlos, para integrarlos mejor y más equitativamente dentro de la lógica de ordenamiento social del Estado argentino. Evidentemente, el cumplimiento de los lineamientos políticos está sujeto a la voluntad política de los gobernantes, sin existir una continuidad político-institucional que garantice la subsistencia de relaciones de equilibrio entre los Pueblos Indígenas y el resto de la sociedad. El impacto de una política indigenista errante, conduce a que:

"...Frente a estos cambios, el pueblo discriminado se desorienta, se cuestiona la efectividad política de sus organizaciones y ante él se desdibujan las diferentes etapas que conforman cada estrategia de lucha por la sobrevivencia..."6

Es con la sanción de la Ley 23.3027 que el Estado asume una responsabilidad explícita sobre el destino de los Pueblos Indígenas:

"...Se declara de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades..."8

Para tal fin, se instituye y reglamenta el actual Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, que establece entre sus objetivos:

Llevar el Registro Nacional de Comunidades de Indígenas, disponer la inscripción de las comunidades que lo solicitan y resolver en su caso la cancelación de la inscripción.

Elaborar e implementar planes de adjudicación y explotación de tierras, de educación y de salud.

Proponer el presupuesto para la atención de los asuntos indígenas y asesorar en todo lo relativo a fomento, promoción y desarrollo de las comunidades indígenas del país.9

Las transformaciones de carácter político observadas en la relación del Estado con los Pueblos Indígenas se manifiestan en la evolución de los objetivos de las Instituciones integradas para la atención de la problemática indígena. Sin embargo, existen factores ya mencionados, como la ausencia de recursos, que mediatizan la efectividad del impacto de los proyectos que el Estado implemente. Ante esta situación, el funcionario público, el delegado o representante del Estado, se convierte en interlocutor ante los Pueblos Indígenas, muchas veces no capacitado lo suficiente para una efectiva relación de comunicación intercultural.

"...Aun dentro de la pluralidad de propuestas existentes para encarar la cuestión étnica, los caminos generales que han tomado a partir de la década del 70, se toman más comprensibles cuando pensamos en el panorama mundial en que cobran fuerza y empiezan a sistematizarse. En un mundo en el cual, en función de muy diversas expectativas e intereses, los conjuntos sociales se fisionan y fusionan según múltiples grupos de referencia que se circunscriben a fronteras nacionales (las subdividen, las superan o las atraviesan) la etnicidad puede verse como estrategia para manipular vínculos entre sujetos que se categorizan como "nosotros" o los "otros", a partir de valores, propósitos y modos de alcanzarlos que divergen...."10

Ante esta perspectiva, el funcionario público se convierte en la "visión periférica" del Estado, pues es a través de éste y en los reportes censales (ya obsoletos, por cierto), que las Instituciones delegadas por el mismo ejecutan y gestionan la política nacional o provincial. Por tal razón, la capacitación del funcionario público debe ser integral, pues la mejor forma de implementar una política de apoyo y fortalecimiento étnico, se constituye conociendo las características y realidad socio-cultural de una comunidad indígena determinada.

Planteamos que la única verdad no es la realidad: la realidad occidental, globalizante, hegemónica y homogeneizante, no es la perspectiva para sociedades enraizadas desde tiempos precolombinos: existen en el país muchos Pueblos Indígenas, diferenciados entre sí, con lógicas de redistribución y estructuras de organización social complejas. Y no creemos, a poco más de quinientos años de ocupación occidental de estos territorios, que los diezmados Pueblos Indígenas, deban continuar adaptándose a la lógica occidental. Si el Estado desea en verdad apoyar el fortalecimiento étnico y cultural de los Pueblos Indígenas de la Argentina, debe adecuar a sus instituciones, a sus funcionarios y a su política a la realidad de los Pueblos Indígenas. No al revés.

Desarrollo

En principio, debemos preguntarnos sobre el objetivo de profundizar en una metodología de determinación de una Parcialidad Indígena y sobre su potencial utilización por parte del funcionario público.

Como hemos señalado anteriormente, los distintos factores que inciden negativamente sobre la efectividad de la implementación de las políticas del Estado en programas de apoyo y fortalecimiento étnico, requieren la focalización de recursos, focalización que puede lograrse a través de la priorización de proyectos pero, fundamentalmente, a través de la precisa identificación de la población objeto.

Esta necesidad de circunscribir en forma precisa la población objeto no implica crear un recetario para el funcionario público: determina establecer pautas identificatorias que permitan al funcionario, y por extensión a la Institución que representa y al Estado mismo, localizar los puntos críticos que debilitan la estructura social diferenciada. Evidentemente, estas pautas identificatorias deben suplementarse a largo plazo con una política de Estado de mayor alcance, a través de programas de adecuación institucional a la problemática indígena; de capacitación a funcionarios públicos y a líderes indígenas y, en mayor dimensión, de la creación de una jurisprudencia equitativa que establezca los criterios de protección y asistencia (que no es lo mismo que asistencialismo), adecuados para la realidad particular de cada Pueblo Indígena.

En síntesis, deberán establecerse premisas de interculturalización de las políticas públicas, definidas a través de:

Reformulación de la noción de política pública
Principio de la Diversidad
Principio de interlocución
Principio de dirección compartida
Principio de integralidad
Principio de bidireccionalidad
Una observación fundamental. El presente trabajo no pretende, bajo ninguna circunstancia constituirse en un "indiómetro". Humildemente se limita a procurar establecer pautas identificatorias de una población objeto, en el caso que nos ocupa, una Parcialidad Indígena. Para tal fin, se procede a desarrollar la metodología identificatoria anteriormente propuesta.

Los cuatro ejes determinantes de identidad étnica: Según el ex-constituyente Rojas Birry11 , del espíritu de la Constitución Política de 1991{de la República de Colombia}, se abre paso "...el reconocimiento de cuatro derechos fundamentales de los grupos étnicos: la identidad cultural, la autonomía, la propiedad territorial y la participación en los asuntos del gobierno...".

Coincidiendo con estas definiciones, el ex-constituyente precisa:

-Identidad cultural: Es el derecho a seguir conservando la propia forma de ser y de vivir de cada comunidad, de acuerdo con su propia forma de interpretación tradicional de la relación del hombre con la naturaleza y la comunidad.

-Autonomía: Es la capacidad que tiene un grupo de darse su propia forma de organización social, económica y política. Es el derecho a tener formas propias de autoridad, de regular sus relaciones de acuerdo con sus tradiciones, de manejar la actividad económica, de conservar su lengua, de tener educación propia, formas propias de medicina, etc.

-Propiedad territorial: El grupo étnico requiere del territorio en que se encuentra asentado para sobrevivir y desarrollar su cultura. Presupone el reconocimiento al derecho de propiedad sobre los territorios tradicionalmente ocupados y los que configuran su hábitat.

-Participación: Este debe ser el presupuesto sobre el cual debe apoyarse la vinculación de los grupos étnicos a la sociedad nacional.

Algunas definiciones necesarias

Conceptualización del término "parcialidad indígena"

Según expresa la Jurisprudencia de la República de Colombia, una parcialidad indígena:

"...es un grupo o conjunto de familias con ascendencia amerindia, que tienen conciencia de identidad y comparten valores, rasgos, usos o costumbres de su cultura, así como formas de gobierno, gestión, control social o sistemas normativos propios que las distinguen de otras comunidades, tengan o no títulos de propiedad, o que no puedan acreditarlos legalmente, o que sus resguardos fueron disueltos, divididos o declarados vacantes..."12

Conceptualización del término "pueblo indígena"

Para observar mayor precisión sobre el término "Pueblo Indígena", debemos remitirnos a lo expuesto por el Convenio 169 de la O.I.T.13

"...La conciencia de su identidad indígena o tribal deberá ser considerada como criterio fundamental para determinar los grupos interesados; en otras palabras, ningún Estado o grupo social tiene el derecho de negar la identidad que pueda afirmar un pueblo indígena o tribal. La utilización del término "pueblos" en el nuevo convenio, responde ala idea de que no son "poblaciones" sino pueblos con identidad y organización propia..."

Entre otros considerandos, el mencionado Convenio explicita que su espíritu involucra a:

"...a los pueblos tribales en países independientes, considerados indígenas por el hecho de descender de poblaciones que habitaban el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas..."14 {El subrayado es del autor}

El territorio desde la perspectiva indígena:

Sin lugar a dudas, la ausencia de tenencia y usufructo de la tierra, es uno de los factores principales de desestabilización de una estructura socio-cultural diferenciada. En su "Documento sobre Pueblos Indígenas de Colombia", Perafán15 realiza un apreciación impecable sobre la concepción indígena de "territorio":

"...Es difícil encontrar un monema en las lenguas indígenas con el significado adecuado a nuestra lógica cultural. Sin embargo, sí poseen conceptos acerca del territorio. Estos conceptos están caracterizados por las siguientes variables:

El concepto de uso
El concepto de complementaridad
La ética
La lógica mítica
La etnohistoria

A veces es aconsejable definir un concepto no tanto por lo que es sino por lo que no es. El significado de territorio entre los pueblos indígenas,

No es necesariamente un espacio cerrado
No es un espacio permanente
No es un objeto de apropiación

Proyección institucional de la "Diversidad étnica" presente en el país

En primer lugar, resulta indispensable profundizar en la noción de diversidad cultural y pluralidad étnica. Poco a poco se ha de asumir, en la práctica, que no se trata de "Los Indígenas" como un todo, sino de la diversidad de Pueblos, culturalmente diferenciados.

La pluralidad cultural y étnica de Argentina, su respeto, protección y reproducción debe ser el principal precepto que permita recrear la política pública nacional. Esto significa interiorizar dentro de las políticas públicas la conciencia de que en el país, actualmente coexisten dentro del conjunto de la nación, diversos sistemas sociales y culturales de los pueblos amerindios a los que la acción estatal debe llegar para garantizar las condiciones materiales y culturales de su fortalecimiento y reproducción, desde sus propios parámetros culturales y no desde la cultura etnocentrista predominante. Esto implica que en toda política y acción pública para con los pueblos indígenas, se debe partir de mirar las implicaciones de estar actuando entre dos (o más) sistemas culturales y adecuar los programas, proyectos, objetivos, métodos, metas, acciones, estructuras institucionales, funcionarios y funciones de las entidades a un trabajo intercultural.

EJES METODOLÓGICOS PRESENTES EN LA DETERMINACIÓN DE UNA PARCIALIDAD INDÍGENA

Principales aspectos:
- aspectos intra-étnicos.

- aspectos de la sociedad nacional (transferencias, cambios).

- correlación de ambos aspectos.

1) aspectos intra-étnicos.

El acercamiento a la realidad psicológica de los grupos étnicos permitirá establecer la diferencia del "Mundo posible accesible" (étnico) del "Mundo real" (de la sociedad nacional). Es decir, la cosmovisión sería la dimensión de la estructura Juro-política, donde la Cultura se manifestaría como un sistema de pensamientos.16

La principal vía de acceso al conocimiento de su realidad es a través del análisis de su mito de creación, como elemento descriptivo y cognitivo de su papel como sociedad ante el medio que lo rodea. La orientación de su capacitación dependería de los aportes históricos que los grupos y el investigador realice, orientación que, conjuntamente, brindaría elementos conexos a su propia cosmovisión que permitirían determinar la viabilidad y condicionamientos del programa de capacitación a implementarse. Estos aspectos serían:

actitudes de auto-reforzamiento cultural;
ejes de reproducción social;
estrategias de subsistencia;
formas de auto-desarrollo y auto-gestión.
expectativas hacia la sociedad nacional;
efectos del impacto de sus actividades de control y regulación social (alianzas a nivel intra y extra-grupo, idisioncracia manifiesta a través de la ritualidad, etc.) control territorial y manejo de los recursos disponibles.

La actividad de auto-gestión, con el consiguiente auto-desarrollo, debe estar orientada a reforzar los aspectos materiales y sociales que se encuentren en vía de descomposición o pérdida irrecuperable por parte del grupo. Debemos considerar que la lógica estándar (nacional) se enfrenta a otras lógicas (étnicas), donde de la colisión de ambas se derivaría la sumisión de una por parte de la otra.

2) aspectos de la sociedad nacional:

El papel de la sociedad nacional es fundamental en el proceso de auto-gestión de los grupos étnicos. Este papel no se caracterizará por la simple transferencia de recursos de un sector (el nacional) a otro (la comunidad): su responsabilidad recae en su acción como agente de apoyo y orientación en la resolución de problemas claves que afecten a la comunidad.

En principio, es necesario establecer que las partes actuantes deben reconocer los problemas presentes y definir esquemas resolutivos cuyo éxito dependa del conocimiento de las características y efectos de los mismos. Este reconocimiento debe partir de la misma comunidad, ya que ella debe ser la primera interesada en elaborar alternativas de auto-resolución con base en los elementos que ella disponga (acceso a planes de desarrollo, orientación profesional, asistencia médica, educación, etc.).

Para lograr estos objetivos, la sociedad nacional puede estimular (reforzar) las instituciones que rigen las actividades del grupo, a través de su propia normatividad (jurisdicción) e interpretación histórica del origen de sus condiciones de vida actuales (aquí la Etno-historia cumpliría un papel preponderante).

Otra vía de acceso, es el estímulo de sus sistemas de apropiación, con la cautela de que su accionar e influencia no perjudique la presencia de otros actores.

3) correlación de ambos aspectos:

En principio, es necesario definir los espacios de relación intercultural en los cuales los actores estarán presentes. A nuestro criterio, estos espacios serían:

a) religiosos
b) económicos
c) políticos
d) culturales
e) familiares
f) jurídicos
g) sociales
El análisis de estos espacios nos permitirá determinar las características que los conforman y el grado de presión que ellos ejercen al momento actual.

Toda sociedad posee un conjunto de mecanismos que le permiten efectuar su auto-reproducción social como garante de supervivencia cultural. El principal mecanismo o eje de reproducción social, es el desarrollo práctico de normatividades aceptadas socialmente que definen las relaciones de convivencia y control social. Ante todo, una normatividad es una regulación de carácter social. A tal efecto, es necesario circunscribir el espacio de acción e influencia del conjunto normativo de cada uno de los actores, a fin de identificar:

Formas de control social;
Articulación de estos conjuntos normativos (socio-políticos) a nivel extra-grupal; Espacios de intercambio.

Para comenzar, podrían definirse las tres instancias que conforman las regulaciones vigentes de estos dos actores (sociedad nacional y grupo étnico). Estas regulaciones se definirían como:

Derecho Interno (étnico)
Derecho Formal (nacional)
Campo de relación intercultural de los dos sistemas jurídicos

Desarrollando a las mismas, observamos que el Derecho Interno estaría constituido por:

Sistema jurídico propio
Formas de control social
Sistemas familiares
Mecanismos de solución de conflictos (internos y externos)
Costumbres
Prácticas jurídicas
Tradiciones propias

En cuanto al derecho Formal, los principales componentes a investigar serían:

Legislación
Jurisprudencia
Doctrina
A modo de síntesis, observamos que cada conjunto sub-normativo se definiría por constituir una regulación de un sistema jurídico determinado:

Normas
Costumbres
Funciones
Obligaciones
Derechos
Procesos judiciales
Formas de impartir justicia
Nociones de delito

La intención de acercarse al análisis de las normatividades presentes en un determinado espacio de acción intercultural, reflejando las connotaciones propias de la reproducción social implementada por la sociedad nacional y el grupo étnico nos permitirá reconocer las características propias de cada uno de los espacios de intercambio, reciprocidad, circunscripción de espacios territoriales, formas y modos de producción presentes, etc.

Del análisis de la relación de las tres instancias, en acuerdo a la conceptualización efectuada por Zambrano17 , se desprendería:

a) si la Legislación Indígena es insuficiente;
b) si el espacio de "inter-culturalidad" ha sido o no problematizado en términos jurídicos;
c) si una buena parte del Derecho Formal es aplicado sin conocimiento adecuado de la realidad indígena;
d) si las partes a intervenir son las únicamente articuladas a ese espacio en cuestión.

Por lo tanto, se podría definir si :

a) el espacio de relación es conflictivo (asimétrico) o no;
b) la relación entre Estado y Comunidades Indígenas es polivalente;
c) la acción de auto-gestión se manifiesta en aspectos positivos o no.

Propuestas sobre la metodología investigativa a implementar:

En principio, sería necesario definir el ámbito en el cual se desarrollaría el proceso de determinación. A este respecto, sería importante acceder a un estudio previo en campo a fin de conocer las particularidades propias del grupo étnico, y corroborar que las investigaciones efectuadas, en las que se sustentará en parte la capacitación, observen relación con los contenidos de la determinación.

De acuerdo a los fondos disponibles, podría disponerse que la capacitación sea efectuada en territorios de la comunidad, a fin de circunscribir en su seno estrategias de gestión acordes a sus necesidades. Para optimizar la determinación de la parcialidad (o comunidad), sería importante diferenciar los siguientes ítems: que las investigaciones sean efectuados por regiones, en las que se presenten problemas específicos y generales en forma común (por ejemplo, de condiciones geográficas similares, económicas, de presencia de la sociedad nacional, etc.), a fin de estimular la solidaridad y reconocimiento de unión entre grupos con la intención de diseñar estrategias de subsistencia que potencialicen el esfuerzo en común; que se definan temas acordes a la realidad socioeconómica de la región o del grupo, de acuerdo a la dinámica pedagógica de la capacitación; sería interesante recurrir a la educación participativa, a través de talleres en los que los dirigentes sean parte activa en la propuesta de diseños de auto-gestión y desarrollo, con el consiguiente asesoramiento de un grupo de profesionales interdisciplinario, compuesto por lingüistas, antropólogos, agrónomos, economistas, trabajadores sociales, etc.; una vez finalizado el proceso de determinación, es menester mantener un contacto activo con la comunidad a través de redes de asesoramiento, actualización, etc.; recurrir a ejemplos obtenidos de la implementación de actividades de auto-gestión indígena en otras regiones (inclusive países).

Por otra parte, sería necesario promover que las decisiones de desarrollo intra-grupal sean entendidas como una acción propia de la comunidad en su beneficio, a fin de aumentar su confianza en sí mismos. Asimismo, las regionales de las entidades estatales pertinentes jugarían un papel importante, pues podrían encargarse del seguimiento de los problemas presentes en cada comunidad y del efecto surgido de sus actividades; en este caso, sería imprescindible la presencia de un nexo entre las regionales y las comunidades involucradas, a fin de valorar la evolución de dichas actividades. Este nexo debería elaborar un informe de forma regular que sería debatida entre los actores participantes.

Conclusiones

La relación entre el Estado y los Pueblos Indígenas requiere de una interculturalización inmediata, ya que las entidades y políticas públicas cuentan con muchos obstáculos y por ello es un proceso lento. Entre otros, podemos enumerar los siguientes obstáculos:

Una administración organizada por sectores, donde cada política sectorial se apoya en el supuesto de una sola y única cultura.

Una descentralización que apunta a fortalecer los niveles territoriales de gobierno espacialmente y no en el sentido de las autonomías cultural-políticas que corresponden a los pueblos indígenas.

Una política social con un enfoque sectorial, con focalizaciones basadas prioritariamente en criterios de grupos de población vulnerables o de pobreza, criterios que no siempre interpretan las necesidades de los pueblos indígenas ni son aplicables a su realidad sociocultural.

Limitaciones de recursos financieros y aún de recursos humanos por parte del Estado, dados los múltiples compromisos, tanto los tradicionales como los originados en las nuevas disposiciones de la constitución de 1994.

Un efecto inevitable de los factores anteriormente descritos, es el hecho de que la sociedad y la cultura:

"...van incorporando sistemas de valores que son cambiantes; sin embargo, hay grupos que no participan de los mismos canales de comunicación y conocimiento y, quienes entrando en relaciones de dependencia son objeto de la imposición de valores ajenos y juzgados como infractores de normas, leyes y costumbres que no se comprenden bajo esas concepciones y valores..."18

Por tales motivos, los espacios de inter-relación cultural entre las sociedades aborígenes y la sociedad nacional observan características definidas, las cuales están predeterminadas por la participación de los mismos actores.

La sociedad nacional, como modelo de organización socio-político y económico -y como contexto macro-cultural- debe propiciar canales de comunicación que permitan a las sociedades aborígenes poder desarrollarse en una situación de contacto variable. Los espacios de relación cultural son en verdad una fractura entre dos modelos de subsistencia, cada uno determinado por la reproducción propia de su cultura, muchas veces, de índole irreconciliable.

La divergencia de intereses repercute en la actitud de los actores, de acuerdo al grado de tensión social presente en la zona de contacto: un hecho contundente, es el resurgimiento del fenómeno asociativo en estas comunidades en el marco de la vida política nacional como respuesta a presiones externas al grupo, con la consiguiente acción introspectiva hacia sus propios valores.

En síntesis, considerando la importancia y relevancia de la focalización de recursos por parte del Estado, proceso iniciado desde el mismo momento en que el funcionario determina, en conjunto con la población-objeto afectada, los factores críticos que inciden en la supervivencia socio-cultural de la misma, podemos identificar los siguientes impactos negativos si dicha focalización no es implementada:

Conflictos políticos y socioeconómicos entre los pueblos indígenas y las localidades urbanas, expresados en trabas y cortapisas impuestas por los gobernantes locales a las comunidades indígenas para la formalización de los respectivos convenios de ejecución de las transferencias.

Falta de capacidad de gestión de los pueblos indígenas caracterizada en lo siguientes puntos:

Carencia de diagnósticos de necesidades.

Falta de capacidad en la formulación de planes de desarrollo.

Falta de capacidad en la formulación de proyectos de inversión directa y de cofinanciación.

Falta de capacidad de gestión inter-administrativa para suscribir convenios y para la gestión de recursos de cofinanciación.

Bibliografía

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DECRETO 7.391/58 (13/10/58). Nueva denominación de Dirección de Asuntos Indígenas.

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ANEXOS

(Ejemplo procedimental)

Un ejemplo procedimental lo constituye la metodología implementada en la Comunidad Chenche Asoleados (Municipio de Purificación, Departamento del Tolima. República de Colombia),19 el cual consistió, entre otros aspectos, en la realización de una inspección ocular del predio ocupado por los interesados, donde se reconocieron:

Ubicación del terreno;
Extensión aproximada;
Linderos generales;
Números de habitantes indígenas, comunidades indígenas y grupo o grupos étnicos a los cuales pertenecen;
Determinación del tiempo de ocupación.

Características lingüísticas Organización social Formas de Control social Regulación económica Existencia de estructuras económicas tradicionales Existencia de medicina tradicional Interacción con el medio ambiente Interacción con miembros de la sociedad nacional

El cuestionario implementado en cuestión, fue el siguiente: a) Explique brevemente el origen de su comunidad.

b) Explique brevemente el origen y formación de su Cabildo.

c) Identifique los elementos culturales que lo distingan claramente como comunidad diferenciada de la sociedad nacional.

d) Identifique claramente los factores que mantienen a su comunidad como una unidad social cohesionada diferenciada de la sociedad nacional.

e) Determine claramente los factores que identifican a su comunidad con la totalidad del Pueblo Indígena Coyaima-Natagaima (Pijaos).

f) Defina la importancia que posee la tenencia de la tierra, en forma comunal, para su comunidad.

g) Explique las características de recomposición social que su comunidad viene implementando en el presente, y determine el momento en que dicha comunidad optó por iniciar dicho proceso.

h) Determine la extensión del predio que su comunidad usufructúa en la actualidad.

i) Determine si existen especialistas en medicina tradicional, en control social y en organización social.

j) Determine cuantos ancianos existen en la comunidad que posean en la actualidad conocimientos ancestrales.

Propuesta de Ficha-Base:

Descripción Socioeconómica y jurídico.

1º. Identificación y planteamiento de los problemas.

a. Importancia de los problemas.

b. Formulación de objetivos generales y específicos del proyecto.

c. Formulación de hipótesis.

2º. Diagnóstico.

A. Descripción del área de la determinación de parcialidad.

Ubicación: Geográfica y Político Administrativa detallada.

Recursos Naturales: Clima, Hidrografía, suelos, topografía, ecología.

a. descripción socio cultural. Antecedentes etnohistóricos, cultura material y espiritual - costumbres rituales, sociales, de consumo.

Conformación familiar.

División del trabajo.

b. aspectos demográficos: Censo de población, pirámide poblacional por sexo y edad.

B. Aspectos Socio económicos.

recursos de capital.

Infraestructura de capital.

Infraestructura de servicios.

Agroindustrias.

Estructura de la tierra Títulos de propiedad.

Delimitación del globo de terreno, linderos, área, cartografía.

C. Análisis Institucional.

Descripción del marco institucional del proyecto (presente o a implementarse).

Descripción de las entidades gubernamentales y no gubernamentales presentes en la región.

D. Revisión y análisis de la información y comprobación de hipótesis.

E. Estrategias y propuestas de proyectos para el cumplimiento de los objetivos y la canalización de los recursos.

Territorialidad.

Estudio de la propiedad jurídica de los terrenos.

Alternativas para solucionar la problemática de otros grupos asentados en el área (terratenientes, colonos, campesinos, etc.).

Producción.

Plan de producción: formulación de proyectos productivos involucrando líneas de explotación rentables.

Alternativas Técnicas: rescatando los conocimientos y técnicas tradicionales de cultivo y conservación del bosque utilizadas por los indígenas e introduciendo nuevas técnicas de explotación.

Financiación.

Fuentes de Financiación.

Plan financiero por fuentes de financiación.

Mercado y comercialización.

Análisis del mercado, precios, canales de comercialización.

Diseño de proyectos de mercado y comercialización que le permitan a la población indígena difundir y vender sus productos en condiciones favorables.

Capacitación y organización de las familias indígenas para que participen activamente en la planificación de su organización social y económica.

Educación (Etnoeducación) y salud.

Propuestas que involucren las necesidades básicas en estos aspectos.

Desarrollo, conservación y protección del ecosistema.

Definir inversiones a nivel de los servicios de apoyo complementario; se prefiere la realización de inversiones extraprediales como obras de infraestructura de vías de electrificación y de servicios del sector productivo o de servicios sociales como educación y salud.

Organización y planificación de la implementación de eventuales proyecto de inversión y desarrollo (dentro de pautas interculturales)

NOTAS

1 CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA: Sancionada por la Convención Nacional Constituyente el 22 de agosto de 1994. Artículo 75. Inc. 17.

2 N. del A.: se han seleccionado los apartados más relevantes)

3 DECRETO 5.463/58 (10/9/58). Creación de la Dirección de Asuntos Indígenas.

4 DECRETO 7.391/58 (13/10/58). Nueva denominación de Dirección de Asuntos Indígenas.

5 DECRETO 9.711/67 (29/10/1967). Transferencia de la Dirección Nacional de Asuntos Indígenas.

6 HERNÁNDEZ, Isabel.: Derechos humanos y aborígenes.. El Pueblo Mapuche. Editorial Búsqueda-Yuchán. Buenos Aires. 1985

7 LEY 23.302. (Promulgada el 8/11/85). Política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes.

8 Ídem. párrafo 1 (Objetivos).

9 Ídem. párrafo 3 (Del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas).

10 Briones, Claudia et al.:"Reflexiones para el estudio de la cuestión étnica". En Relaciones. Tomo XVlll. Buenos Aires. 1990-1992

11 Propuesta del Constituyente Indígena Francisco Rojas Birry. En "Derechos e Identidad: Los Pueblos Indígenas y Negros en la Constitución Política de Colombia de 1991". Enrique Sánchez y otros recopiladores. Bogotá. 1993

12 Decreto 2164. Artículo 2°,. Diciembre 7 de 1995. República de Colombia

13 CONVENIO Nro. 169. Sobre Pueblos Indígenas y tribales en Países Independientes. Organización Internacional del Trabajo. Ginebra, Junio de 1989

14 Ib. Ídem. Pág. 6 - 7

15 PERAFÁN, Carlos César.:"Documento sobre Pueblos Indígenas de Colombia".Consultoría IICA - DRI. Bogotá. Febrero de 1995

16 SÁNCHEZ, Esther.:"Melicio Cayapú Dagua. Está preso mi sargento: Estado de normas, Estado de rupturas". En Antropología Jurídica: Normas formales: Costumbres en Colombia. Esther Sánchez Editor. Págs. 9 - 20. Bogotá. 1992

17 ZAMBRANO, Carlos Vladimir.:"Cuestiones teóricas y metodológicas de la Antropología Jurídica en Colombia. En Antropología Jurídica: Normas formales: Costumbres en Colombia. Esther Sánchez Editor. Págs. 21 - 34. Bogotá. 1992

18 de GUZMÁN, Esther.: "Costumbre, cultura y ley nacional". En "Grupos étnicos, derecho y cultura. Edit. FUNCOL - Cuadernos del Jaguar. Págs. 167 - 180 Bogotá. 1987

19 DENTONE, Ricardo H.: "Propuesta metodológica para la determinación de parcialidad indígena e interrogantes sobre su eventual aplicación en Pueblos Indígenas de Colombia". Documentos de Trabajo de la División de Investigaciones y Estudios Indigenistas. Ministerio del Interior. República de Colombia. Bogotá. 1995 Buscar en esta seccion :