Orientaciones para la gestión y supervivencia de los recursos culturales:
Proyecto de Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Areas Protegidas de la APN


* Roberto Molinari

"En nuestros países, donde el patrimonio es vivo, la conservación suele formar parte de la vida de la gente."

Lambert Messan (Nigeria)
(Boukhari 1996)


Introducción

El Manejo de Recursos Culturales (MRC) en la Administración de Parques Nacionales empezó a desarrollarse a comienzos de la presente década, impulsado a partir de las investigaciones arqueológicas que realizábamos en el Parque Nacional Perito Moreno (Aschero et al 1998). Desde su origen en 1903 y tradicionalmente, el manejo de áreas protegidas estuvo destinado a salvaguardar como patrimonio público valores paisajísticos, impulsar el turismo, defender la soberanía y conservar valores científicos de flora y fauna, preservando muestras "prístinas" de la diversidad de ambientes naturales del territorio argentino (Burkart 1994).

En las últimas décadas, a instancias de la Estrategia Mundial para la Conservación (EMC) impulsada por la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN) , se asumió el rol protagónico de la sociedad moderna en el deterioro de los ecosistemas y en el consecuente agotamiento de los recursos indispensables para asegurar la supervivencia (Allen 1980). Aunque la Estrategia no aluda explícitamente a la conservación del patrimonio cultural, introduce la variable humana como un componente decisivo del sistema que se pretende proteger. A partir de ella el concepto de conservación difiere sustancialmente de clausurar áreas o inhibir el uso de los recursos, afirmando la necesidad de redefinir la forma de relación que deberá concertarse -entre el hombre (sujeto) y el ambiente (objeto)- a efectos del desarrollo sustentable, o en otras palabras para un aprovechamiento racional y contínuo del patrimonio.

Discusión

En ese contexto, nuestros primeros esfuerzos estuvieron destinados a debatir con profesionales de las ciencias naturales la importancia de la evolución de las actividades humanas en la configuración actual del ambiente, haciendo hincapié en que aún las decisiones actuales de manejo -de las cuales depende el éxito de la conservación- constituyen construcciones culturales. Asumimos que es tan difícil tratar de comprender, explicar y planificar el manejo del ambiente sin tener en cuenta al hombre, como hacerlo con la cultura sin considerar su entorno natural de pertenencia. Teórica y metodológicamente planteamos un manejo integrado del patrimonio natural y cultural , considerando a los sistemas ecológicos en términos de ecosistemas socioculturales (Hurtado Mendoza 1988).

Para nuestro planteo, así como la EMC enfatizaba la necesidad de conservar la biodiversidad para mantener los procesos ecológicos que aseguran la vida, consideramos que con el mismo objetivo es igualmente significante preservar la diversidad cultural porque ésta representa una gama de alternativas de relación para con el espacio y sus recursos. Esto guarda una serie de implicancias, por un lado en una perspectiva temporal la diversidad y variabilidad de las interrelaciones de las sociedades y el ambiente constituyen elementos ineludibles para la comprensión de los fenómenos actuales. Accedemos a esas interrelaciones a través de la arqueología y la historia y en términos de patrimonio, la información del comportamiento humano está guardada en los restos materiales que denominamos recursos culturales arqueológicos. Por otro lado, la sociedad moderna actual o ‘posmoderna’, en proceso de globalización y sesgada desde el origen por la idea de progreso (Walsh 1992), constituye la causa de una acelerada pérdida de identidad y del valor del pasado en la vida contemporánea.

Consideramos imprescindible para la conservación, realizar este tipo de análisis y discusión sobre las causas de la pérdida del patrimonio. Preservamos restos físicos para analizar sus asociaciones históricas con el objeto de aproximarnos al cómo y por qué del comportamiento humano. Pero no sería suficiente con especializarnos en una disciplina de unos pocos, relacionada con el estudio y la conservación física de los recursos culturales. Como patrimonio constituyen bienes de propiedad colectiva y es la sociedad en su conjunto la que debe percibirlo y velar por su protección.

En este punto es donde se deben insertar las ciencias del hombre con un rol más trascendental que la circulación de información en los circuitos académicos y científicos. Sólo como un ejemplo, resulta significativo que la mayoría de los arqueólogos norteamericanos estén empleados en tareas no académicas, relacionadas con el Manejo de Recursos Culturales (Green y Doershuk 1998). Investigación, administración, legislación, educación, difusión interpretativa, evaluación de impacto y preservación son actividades de una estrategia destinada a resolver la problemática de la conservación: la conciencia y participación de la sociedad en un patrimonio que le pertenece.

El proyecto de Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Areas Protegidas de la APN es una síntesis de la experiencia recogida en los últimos años. Creemos que las áreas protegidas son campos ideales para la experimentación de modelos para el MRC y que sus principios, prácticas y actividades pueden aplicarse y enriquecerse fuera de sus límites. Por razones de espacio, a continuación de la lista bibliográfica se presenta la parte más esencial de este proyecto: "Política de Manejo de Recursos Culturales".

Bibliografía

Allen, R. 1980. La Estrategia Mundial para la Conservación: en qué consiste y qué significa para los Parques. Manual para la Capacitación del Personal de Areas Protegidas. Vol 1. 1a. National Park Service. 1993. Washington DC.

Aschero, C., Goñi, R., Civalero, M.T., Molinari, R., Espinosa, S., Guraieb, A.G. y C. Bellelli. 1998. Holocenic Park: Arqueología del Parque Nacional Perito Moreno. Anales de Parques Nacionales XVII (en prensa). Administración de Parques Nacionales. Buenos Aires.

Boukhari, S. 1996. Don Patrimonio Africano. Fuentes UNESCO Nº 80. Junio 1996.

Burkart, R. (comp.) 1994. El Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas de la Argentina. Administración de Parques Nacionales. Buenos Aires.

Green, W. y J. Doershuk. 1998. Cultural Resource Management and American Archaeology. Journal of Archaeological Research. Vol. 6. Nº 2.

Hurtado Mendoza, L. 1988. Manejo Integrado del Patrimonio Natural y Cultural: un aporte teórico y metodológico. Manual para la Capacitación del Personal de Areas Protegidas. Vol. 2. 10c. National Park Service 1993. Washington DC.

Walsh, K. 1992. The Representation of the Past. Museums and heritage in the post-modern world. Ed. Rutledge. London-New York.

APN

Política de Manejo de Recursos Culturales

(Art. 4º del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN)

Antecedentes

La Administración de Parques Nacionales (APN) manejará los recursos culturales de las áreas protegidas a su custodia, a través de programas orientados a la conservación, investigación y uso público.

El conjunto de esas actividades integradas en una estrategia constituye el manejo de los recursos culturales (MRC), cuyo carácter será interdisciplinario y participativo de acuerdo a los distintos niveles de competencia: científico, técnico, administrativo y de guardaparques.

Las actividades del MRC serán incorporadas a los Planes de Manejo de cada área protegida -en sus respectivos Programas-, bajo la supervisión técnica de la Dirección Conservación y Manejo y/o Delegaciones Regionales correspondientes. Tales actividades estarán sujetas a lo dispuesto por el Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN y sus cinco Anexos.

Para los propósitos de esta política se considera recurso cultural a todo vestigio del trabajo humano que constituya evidencia de la diversidad y variabilidad de las actividades y relaciones de individuos o sociedades y sus interrelaciones con el medio ambiente natural, en una perspectiva espacial y temporal. La designación de un recurso cultural se fundamentará principalmente en su valor histórico (en sentido amplio, prehistórico e histórico), derivado de su asociación a un aspecto de la historia humana y/o su evolución.

Los recursos culturales arqueológicos, históricos o antropológicos pueden comprender paisajes, yacimientos, sitios, estructuras y materiales culturales. Pueden presentarse en forma aislada o en conjuntos; constituír bienes muebles y/o inmuebles; sobre la superficie, el subsuelo o subacuáticos y estar conformados indiscociablemente por elementos manufacturados y naturales.

Las actividades del MRC están basadas en un conjunto de principios y prácticas que asegurarán su identificación, evaluación y tratamiento, ponderando su valor histórico y potencial científico en toda situación que pudiera afectarlos.

1. Principios del Manejo de Recursos Culturales

El MRC estará guiado por los principios de valor, beneficio público, conocimiento, respeto e integridad. El establecimiento de este conjunto de principios contribuirá a una adecuada toma de decisiones en acciones que afecten recursos culturales.

1.1 Principios de valor

1.1.1 Valor histórico : (ver Antecedentes ; 4º párrafo)

1.1.2 El valor de un recurso cultural estará dado en atención a su contexto de asociación, considerándose como recurso tanto la totalidad del recurso como sus partes constitutivas, naturales y culturales. El objetivo de conservación comprenderá tanto a los objetos que puedan ser retirados de un sitio -por expresos fines de una investigación- como a los objetos muebles e inmuebles que seguirán perteneciendo contextualmente al sitio o yacimiento. En su evaluación se estimará también el entorno natural de emplazamiento, el cual es soporte de su concepción, creación y significado.

1.1.3 Los recursos culturales serán valorizados no sólo por sus cualidades físicas, sino también por sus atributos asociativos y simbólicos, información que hace a su valor histórico.

1.1.4 Cuando el principal valor histórico de un recurso cultural deriva de la información que brinda para el conocimiento de la interacción hombre-naturaleza, las actividades que se planifiquen deberán tener en cuenta especialmente ambas cualidades.

1.2 Principios de Beneficio Público

1.2.1 Cuando el conjunto de condiciones requeridas lo permitan (ver 3.5), los recursos culturales estarán especialmente aplicados al beneficio público, con el fin de su aprovechamiento recreativo, interpretativo y educativo por parte de las presentes y futuras generaciones.

1.2.2 Para la comprensión y apreciación del público visitante, todo medio interpretativo o educativo cultural que se implemente deberá proveer información confiable, clara y efectiva, orientada objetivamente al entendimiento de las adaptaciones, procesos y evolución de los ecosistemas socioculturales.

1.2.3 La APN alentará la revalorización del patrimonio cultural y promoverá la conciencia del público hacia su conservación, mediante actividades de difusión de los recursos, que muestren respeto por el valor histórico, la integridad física y el cuidado del lugar.

 

1.3 Principios de Conocimiento

1.3.1 La conservación y difusión de recursos culturales requiere del conocimiento y entendimiento de la historia que representan y su significancia.

1.3.2 Las actividades del MRC estarán basadas en el estudio interdisciplinario de los recursos, en la aplicación de experimentadas metodologías y técnicas de conservación y en la consulta de todos los niveles de participación involucrados (científico, técnico, administrativo, guardaparques y comunidades relacionadas directamente).

1.3.3 Las decisiones sobre actividades de manejo deben contemplar los diversos valores involucrados con el recurso cultural: histórico, científico, social o simbólico, estético, educativo, económico, etc.

1.3.4 La información sobre recursos culturales debe ser registrada, inventariada y actualizada (ver 2.). La información se refiere al reconocimiento de un recurso, el conocimiento producido por la investigación, al estado de conservación y los procesos de deterioro que lo afectan, el tratamiento otorgado y las consecuencias verificadas.

1.3.5 A menos que forme parte de un plan aprobado, la información sobre localización y características de un recurso cultural no se dará a conocer públicamente y revestirá caracter confidencial.

1.4 Principios de Respeto

1.4.1 Tratándose de recursos frágiles, únicos y no renovables y por constituír un patrimonio histórico y social, los recursos culturales deberán ser tratados con contínuo cuidado y respeto.

1.4.2 Todas las actividades que afecten recursos culturales deberán asegurar su supervivencia con el mínimo deterioro posible. Sobre ellos y en cualquier tipo de tratamiento se deberá aplicar a)la mínima intervención necesaria, b)que éstas sean reversibles y c)la mayor documentación posible de los trabajos de manejo.

1.5 Principios de Integridad

1.5.1 La APN presentará los recursos culturales del pasado en forma que reflejen la categoría y complejidad de la historia que representan, en términos de los procesos de adaptación y evolución.

1.5.2 Todo recurso cultural presentado al público deberá hacer hincapié en los valores históricos particulares del bien difundido, dentro de un marco regional de comprensión.

1.5.3 Las intervenciones de conservación sobre los recursos culturales (restauración, consolidación, rehabilitación, reconstrucción, etc.) se efectuarán una vez que se haya establecido probadamente la unidad e integridad del recurso: su totalidad (partes constitutivas y entorno), su contexto (conjunto de asociaciones) y su historia (transformaciones post-abandono: faltantes y agregados).

No serán aprobadas acciones de intervención sobre los recursos culturales que se encuentren justificadas por la simple hipótesis.

1.5.4 La difusión de los recursos culturales al público respetará lo establecido en el primer párrafo de 1.5.3. Todo trabajo de intervención que implique agregados o eliminaciones ( ver 3. - restauración, consolidación, rehabilitación, reconstrucción o reproducción) deberán ser aclarados y comunicados al público como tales.

No serán aprobados para su difusión elementos que se encuentren justificados hipotéticamente, a menos que constituyan parte de una interpretación más amplia y fehaciente a la cual enriquecerán, debiéndose realizar la aclaración expresa de su caracter de probabilidad.

2. Práctica del Manejo de Recursos Culturales

La Administración de Parques Nacionales aplicará los principios de esta política a la práctica del Manejo de Recursos Culturales. Dicha práctica es un estuctura para la toma de decisiones que afecten recursos culturales, compuesta de cuatro elementos básicos:

I) Inventario de recursos

II) Evaluación de los recursos

III) Consideración del valor histórico

IV) Monitoreo

Esta estructura asegura que los recursos valorizados por su carácter histórico, potencial científico y demás valores involucrados, sean reconocidos, identificados, comunicados, evaluados y considerados para el manejo.

2.1 Inventario de recursos

2.1.1 Las dependencias de cada jurisdicción denunciarán la existencia de recursos culturales en las áreas protegidas a su cargo, a través de la "Ficha de Registro de Recursos del Patrimonio Cultural en As Ps" (FRC) de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo II del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN (Art.6º).

2.1.2 La Administración de Parques Nacionales desarrollará y mantendrá un inventario actualizado de los recursos culturales de las áreas protegidas a su custodia, de acuerdo a lo formulado en el Anexo III del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN (Art. 7º) : "Registro Nacional de Recursos Culturales en As Ps" (RRC).

En éste ingresará la información producida por 2.1.1, la cual estará sujeta -para su aprobación y registro definitivo- a la instancia de evaluación técnica (ver 2.2)

2.2 Evaluación de recursos

Los recursos culturales ingresados al RRC serán evaluados técnicamente a efectos de establecer su importancia o significancia -basada en el valor o los valores que le sean asignados-, por lo cual constituirán recursos del patrimonio cultural sujetos a conservación.

La asignación de valor constituye también una herramienta metodológica que guiará las prioridades de manejo en toda actividad que afecte recursos culturales: investigación, conservación preventiva y activa, puesta en valor, recomendaciones de mitigamiento de impacto, etc.

2.2.1 La importancia fundamental por la cual un recurso es considerado cultural reside en su valor histórico derivado de su asociación a un aspecto de la historia humana y/o su evolución, evidencia de la diversidad y variabilidad de las actividades y relaciones de individuos o sociedades y sus interrelaciones con el medio ambiente natural, en una perspectiva espacial y temporal.

2.2.2 Cuando el valor histórico de un recurso cultural aún no ha sido investigado y es considerado en forma potencial o cuando la información resultante pudiera ser de estimable utilidad para otras disciplinas, se lo considerará de valor científico.

2.2.3 Determinados recursos culturales poseen una función activa en la vida de las sociedades contemporáneas, por una continuidad de uso desde el pasado hasta el presente o por una resignificación más reciente. Tal importancia se considera de valor social o simbólico, en orden a constituír un referente de identidad por el cual una sociedad o grupo humano se reconoce y es reconocida.

2.2.4 Condiciones relativas a la riqueza e importancia de la información disponible que presenta un recurso cultural, junto con otras características adecuadas de su emplazamiento como la accesibilidad, visibilidad, seguridad y posibilidades de control efectivo, permitirán asignarle valor educativo.

2.2.5 La belleza escénica o paisajística que pueda contener un recurso cultural y/o su asociación al entorno natural de referencia, podrá ser considerada de valor estético.

2.2.6 En el caso de que existan razones para el aprovechamiento sustentable de un recurso cultural con fines de emprendimiento o explotación-, que suponga un desarrollo para las comunidades espacial (geográfica) y/o temporalmente (históricamente) relacionadas, o de cuya explotación se generarán las condiciones necesarias para su conservación, se considerará su valor económico.

2.3 Consideración del valor histórico

Las decisiones de manejo que afecten recursos culturales estarán guiadas en orden a la consideración de su valor o valores involucrados. Dentro de éstos se considera de prioridad el valor histórico, el cual incluye el carácter de unicidad que representan los recursos culturales en virtud de constituir restos frágiles, fragmentarios y únicos de la historia humana.

El orden y categoría de prioridad asignado a los valores dependerá de las posibilidades o nó de poder ser reemplazados.

2.4 Monitoreo

Todo recurso cultural comunicado, evaluado y registrado en forma definitiva estará sujeto a un seguimiento que actualizará oportunamente la información volcada en el Registro Nacional (ver Anexo II - II.J.).

En las etapas de tratamiento de un recurso cultural en que se desarrollen actividades de conservación y/o uso público, el monitoreo comprenderá un planteo específico de seguimiento y control de las variables que se consideren de riesgo (ver 3.5)

3. Actividades del Manejo de Recursos Culturales

Las actividades del MRC constituyen el conjunto de acciones interdisciplinarias e integradas para la conservación del patrimonio cultural en As Ps.

3.1 Coordinación

La APN asegurará la aplicación de los principios y prácticas del MRC en todas las actividades relacionadas con recursos culturales, las cuales serán coordinadas y supervisadas técnicamente por la Dirección Conservación y Manejo y/o Delegaciones Regionales correspondientes.

3.2 Planificación

3.2.1 Las actividades de manejo de los recursos culturales ingresados al Registro Nacional deberán ser planificadas de acuerdo a una estrategia que expresará la significancia y los fundamentos por los cuales un recurso cultural será intervenido.

3.2.2 Toda estrategia a aplicar para el MRC deberá ser previamente aprobada, integrándose a la planificación general de cada área protegida (Planes de Manejo y/o Planes Operativos), de acuerdo a los Programas y Sub-Programas específicos de cada actividad: Protección y Recuperación - Investigación y Monitoreo - Uso Sustentable - Interpretación, Educación Ambiental y Difusión, etc.

3.3 Investigación

Debido a que la mayor importancia de un recurso cultural deriva de su valor histórico y potencial científico, el conocimiento de la información que contiene es esencial para los objetivos de conservación.

3.3.1 La investigación es fundamental para la planificación de actividades que ocasionen un impacto sobre los recursos culturales.

3.3.2 Los avances de una investigación son considerados básicos para toda información interpretativa que se difunda al público visitante.

3.3.3 La investigación de recursos culturales genera información paleoambiental en una amplia escala temporal, de utilidad para el conocimiento de procesos cuyas consecuencias pueden significar causas o parte de las causas de problemas actuales de conservación.

3.3.4 La APN alentará la celebración de convenios de cooperación mutua con acreditadas instituciones de investigación, con el objetivo común del estudio de los recursos culturales.

3.3.5 Toda investigación de recursos culturales deberá ser expresamente autorizada por la APN y efectuada de acuerdo a las disposiciones contempladas en el Reglamento de Investigación en Jurisdicción de la APN en vigencia y Anexo IV del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN (Art. 11º): "Condiciones requeridas para autorizar investigaciones arqueológicas en jurisdicción de la APN".

3.3.6 Los materiales arqueológicos recuperados de un recurso cultural investigado, como partes descontextuadas de un recurso cultural, serán concedidos en préstamo a sus investigadores durante el tiempo que fuera necesario a los fines de su procesamiento y análisis científicos. Una vez devueltos a la APN serán inventariados como partes del recurso cultural de origen y destinados a depósito o exhibición en condiciones apropiadas de acondicionamiento.

3.4 Conservación

Con el término de conservación se designan todos los tratamientos específicos destinados a la salvaguarda e integridad de los recursos culturales, sus partes constitutivas y su entorno, y en consecuencia a la información que contienen.

La conservación preventiva estará destinada a evitar efectos de deterioro sobre los recursos culturales, hacia la cual deberán dirigirse los mayores esfuerzos. La conservación correctiva apuntará a minimizarlos o subsanarlos, neutralizando los procesos que dan origen al deterioro y/o interviniendo activamente sobre sus componentes.

3.4.1 En la práctica del MRC, un bien cultural es denunciado a través de la FRC (ver Anexo II del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN - Art. 6º), ingresa al RRC y es evaluado a través de un relevamiento que decidirá su ingreso definitivo (ver 1.3.4; 2.1.2 y Anexo III del citado Reglamento - Art. 7º). A través de esta evaluación se efectúan las primeras verificaciones a efectos de determinar el estado de conservación y el riesgo de deterioro del recurso. Estas primeras estimaciones apuntan a comprender los procesos naturales y culturales que afectan las condiciones o propiedades físicas del bien. Asimismo, permiten comenzar a plantear acciones preliminares de conservación que apuntarán a neutralizar esos procesos.

3.4.2 Por restauración se entenderá todo tipo de intervención directa sobre los materiales componentes de un recurso cultural y sólo se efectuará cuando sea fundamental para el entendimiento, la interpretación o supervivencia del recurso. Comprenderá el añadido de partes faltantes como la eliminación de agregados, en los casos en que exista suficiente información sobre el estado original y que dicha acción pueda ser efectuada con un mínima conjetura. Dentro de esta categoría se incluirán los trabajos de consolidación de sitios, estructuras o materiales arqueológicos que apuntarán a lograr la estabilidad física de un recurso a efectos de su supervivencia.

Cualquier tipo de restauración o consolidación deberá observar los principios establecidos en 1.4.2; 1.5.3 y 1.5.4.

3.4.3 La preservación consistirá en la conservación de un recurso cultural en las condiciones en que se encuentra o con mínimas intervenciones, las cuales a juicio técnico garantizarán la supervivencia del bien en orden a las características ambientales del entorno, el estado de conservación de los materiales del recurso y/o las prioridades de manejo establecidas.

3.4.4 La rehabilitación tiene por objetivo asignar una función contemporánea a un recurso cultural del pasado, relacionada fundamentalmente con actividades de uso público del patrimonio. Por ejemplo Centro de Visitantes, Museo de Sitio, Sendero Interpretativo, etc. (ver 3.5)

3.4.5 Se denominará reconstrucción al tratamiento seguido para la reproducción de un recurso cultural que ha desaparecido o cuyo estado de conservación impide la aplicación con éxito de un tratamiento de restauración. Una reconstrucción estará justificada cuando se posea suficiente información para practicar la réplica y su finalidad se relacione fundamentalmente con el uso público del patrimonio (ver 3.4.4)

3.4.6 Con protección se designará a todos los tratatamientos de acondicionamiento externo de los recursos culturales (sitios, estructuras, materiales arqueológicos) con el fin de salvaguardarlos. Por ejemplo: vallas, cercados, pasarelas, coberturas, cobertizos, embalajes, vitrinas, etc.

3.4.7 Cada una de las actividades de conservación descriptas deberán observar un adecuado mantenimiento rutinario a largo plazo, a efectos de prevenir y mitigar otras eventuales alteraciones. Esta actividad se basará en un apropiado seguimiento y control de los recursos. El mantenimiento, como también el monitoreo, serán elementos aplicados a la reprogramación del manejo.

3.4.8 A fin de prevenir daños parciales o totales sobre recursos culturales, toda proyecto de obra pública o privada que se emprenda dentro de un área protegida de la APN, como consecuencia de un plan aprobado para su desarrollo, deberá cumplir las previsiones establecidas en el Reglamento para la Evaluación de Impacto Ambiental en Areas de la APN (ver Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN - Art. 12º).

3.4.9 A fin de prevenir daños parciales o totales sobre recursos culturales, toda actividad de manejo de fuego prescripto deberá observar los requisitos formulados en el Anexo V del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN: "Instructivo de Control de Recursos Culturales en Manejo de Fuego".

3.4.10 A fin de prevenir la perturbación o destrucción parcial o total de depósitos culturales y/o materiales arqueológicos de superficie, que pueda provocar el desarrollo de trabajos de campo de una investigación paleontológica, deberá relevarse previamente el área de afectación de las tareas, de acuerdo a lo dispuesto en las "Condiciones requeridas para autorizar investigaciones paleontológicas en jurisdicción de la APN" del Reglamento de Investigación en Jurisdicción de la APN vigente.

3.5 Uso Público

Uno de los finalidades principales del manejo de recursos culturales consiste en el acceso del público al patrimonio cultural, entendiéndose por ello toda difusión de la información resultante del MRC, aplicada a la recreación, interpretación y educación del público visitante (1.2.1).

Toda actividad de uso público de un recurso cultural in situ, en atención a su valor educativo, deberá responder a un plan aprobado técnicamente por las dependencias correspondientes (3.1) y deberá observar condiciones de admisibilidad relacionadas con su ubicación, protección, administración y control.

La información interpretativa de difusión se basará en el conocimiento resultante de la investigación del recurso cultural, orientada objetivamente al entendimiento de las adaptaciones, procesos y evolución de los ecosistemas socioculturales (1.2.2)

Todo plan de uso público de un recurso cultural observará la intervención de la Dirección, Departamento o Sección de Extensión Ambiental del área protegida correspondiente, en coordinación con la Dirección de Interpretación y Extensión Ambiental, la Dirección Conservación y Manejo y/o Delegación Regional correspondiente.

3.5.1 Cuando un recurso cultural registrado y evaluado sea manejado sistemáticamente a través de actividades de investigación y conservación (3.3 y 3.4), éstas producirán información referida a su significancia (valores asociados) y el conocimiento necesario sobre los procesos naturales y culturales que afectan su estado de conservación (agentes de impacto y deterioro). Con estos elementos se planteará una estrategia de manejo que seleccionará las alternativas más adecuadas para neutralizar o mitigar los procesos de deterioro del recurso.

Los recursos culturales que cumplan las etapas de tratamiento mencionadas y sean considerados especialmente por su valor educativo, con condiciones aptas de ubicación, accesibilidad, topografía, visibilidad, protección, seguridad y posibilidades efectivas de administración y control, podrán ser propuestos para su puesta en valor interpretativa in situ.

3.5.2 La puesta en valor interpretativa de un recurso cultural procurará maximizar la información histórica particular del sitio difundido, en un marco regional de referencia, minimizando la complejidad del lenguaje técnico.

3.5.3 La puesta en valor interpretativa de un recurso cultural procurará crear un acercamiento interactivo y comprensible del pasado, utilizando la combinación de aspectos naturales y culturales del ambiente (paisaje cultural) en el espacio del circuito o sendero.

3.5.4 La puesta en valor interpretativa de un recurso cultural deberá cumplir con un proyecto de monitoreo a largo plazo, a efectos del seguimiento y control de impactos previstos y no previstos que pudieran afectar al bien cultural difundido, los elementos naturales del entorno y los soportes de contenidos interpretativos.

3.5.4 La información existente sobre los recursos culturales de un área protegida podrá integrar los contenidos interpretativos que se difundan a través de los Centros de Visitantes y Folletos de información general y específica, evitándose comunicar referencias precisas de ubicación de sitios arqueológicos, a menos que se encuentren manejados para su puesta en valor (3.5.1)

3.5.5 Los artefactos recuperados de contextos arqueológicos de sitios investigados (ver 3.3.6) o todo material cultural rescatado en cumplimiento de un plan aprobado por razones de inminente peligro de desaparición o destrucción, podrán ser dispuestos y acondicionados para integrar muestras interpretativas en los Centros de Visitantes de las áreas protegidas.

4. Capacitación y Entrenamiento

4.1 Capacitación interna

La APN desarrollará programas destinados a formar y actualizar la capacitación del personal de áreas protegidas y dependencias técnicas, en el procedimiento relacionado con los principios, prácticas y actividades de la presente política del MRC.

4.1.1 Los aspirantes a guardaparques recibirán una formación teórico-práctica básica en el manejo de recursos culturales, incorporada al plan de estudios de la Escuela de Guardaparques de la APN.

4.1.2 La APN procurará que los guardaparques y el personal técnico/administrativo

en actividad actualicen su formación a través de programas de capacitación en el manejo de recursos culturales.

4.1.3 Los cursos de capacitación destinados a voluntarios de los Parques Nacionales y guías de turismo que desarrollan actividades en las áreas protegidas, incorporarán programas para una capacitación básica en los aspectos relacionados con el manejo de recursos culturales.

4.2 Capacitación externa

A requerimiento de otros organismos del orden nacional, provincial o municipal, relacionados con actividades que directa o indirectamente afecten recursos culturales, la APN podrá disponer su experiencia en conservación y manejo del patrimonio cultural, a través de programas de capacitación y entrenamiento o a través del asesoramiento que para el caso se solicite.


1er Congreso Virtual de Antropología y Arqueología
Ciberespacio, Octubre de 1998
Organiza: Equipo NAyA - info@equiponaya.com.ar
http://www.equiponaya.com.ar/congreso

Auspicia:


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